La baja calidad en telefonía celular

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Ante las continuas quejas y reclamos de los usuarios de la telefonía móvil en Colombia, que parece afectar en forma igualitaria a todos, incluyendo al propio Presidente de la República que en varias oportunidades se ha quejado por la mala calidad, es necesario que se adopten un conjunto de medidas legislativas, reglamentarias y regulatorias que corrijan las fallas del servicio e impidan que se siga incurriendo en los notorios abusos de la posición dominante. 

Con ese objetivo cursan dos proyectos en el Congreso de la República que muy posiblemente representen un alivio en la vía de obtener más y mejores servicios de telecomunicaciones a tarifas razonables:  uno, el llamado por los medios Ley “antimopolio” en telecomunicaciones y el otro, el que busca eliminar la odiosa cláusula de permanencia mínima o de ventas atadas que se ha convertido en una práctica comercial que le impide a los usuarios hacer efectivo su derecho a la portabilidad numérica y a escoger libremente su proveedor de servicios.

El proyecto de Ley “antimonopolio” busca restringir el poder de mercado de operadores con posición dominante y que se cumpla con el mandato del artículo 75 de la Constitución que ordena que la Ley debe evitar prácticas monopólicas en el acceso al espectro electromagnético. El proyecto busca fortalecer la intervención del Estado para que con medidas especiales automática se garantice la competencia en un mercado cada vez  más concentrado e imperfecto, y se mejore la calidad y protección de los usuarios.

El otro proyecto de Ley busca   terminar con la práctica comercial de las ventas atadas y de las cláusulas de permanencia mínima que impiden a los usuarios hacer efectivo el derecho de escoger libremente el proveedor de sus servicios; su objetivo es que se separen las ventas de los terminales telefónicos o de otro tipo de  terminales inteligentes del suministro del servicio de telecomunicaciones,  y que en el caso de que el proveedor ofrezca y venda el terminal, no pueda vincular este negocio a la prestación del servicio de telecomunicaciones que claramente es un servicio autónomo y separable.

Conjuntamente con estas dos medidas que sin duda favorecerán la oferta de servicios en mejores condiciones de competencia, deben tomarse otras de contenido reglamentario, regulatorio y contractual que garanticen que se presten servicios de calidad, que se sancionen en forma justa las fallas del servicio y además se compense a los usuarios por los servicios no prestados o por los perjuicios derivados de su deficiente prestación.

Aunque lo ideal es que el servicio no presente fallas, es evidente que a los usuarios no puede cobrárseles por los servicios que no reciben y que las llamadas que se caen no deberían cobrárselas, por el contrario, las fallas deben ser sancionadas y los usuarios deben tener indemnizaciones automáticas para que los prestadores garanticen condiciones de calidad en el suministro de los mismos, pero eso sólo es posible si cuenta con una policía administrativa fuerte y con mecanismos tecnológicos que les permita en realidad proteger a los usuarios.

Aunque apoyamos las medidas que ha impulsado el Gobierno para promover una mayor oferta de servicios, como la subasta que con la nueva asignación de espectro permitirá que más proveedores puedan incursionar en el mercado móvil y desde el Congreso de la República hemos promovido muchas de las medidas regulatorias y de protección de los usuarios que se han tomado, somos conscientes que en el país se requiere de un completo estatuto de protección de los usuarios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, pues esta tarea sobrepasa en mucho las competencias y capacidad institucional que la Ley 1341 le asignó a la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

Este artículo también lo pueden encontrar en:

http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/la_baja_calidad_en_la_telefonia_celular.php

http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2013/05/19/la-baja-calidad-en-la-telefonia-celular/#more-1632

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